Gráficas lineales y de vela con fondo de persona sujetando un teléfono

Políticas de Rebalanceo

CONSIDERACIONES:

Los rebalanceos por salidas de clientes implican modificaciones a las composiciones de las carteras de todos los clientes que permanecen, respetando en todo momento lo así establecido en el anexo correspondiente a cada Cartera.

DESCRIPCIÓN:

Se deberá transparentar a los inversionistas, mediante su publicación en Internet, en la página WEB de Finamex: www.finamex.com.mx

Todos los Rebalanceos deberán realizarse a través del sistema automático desarrollado para este fin y en ningún caso se realizan ajustes manuales.

Tipos de rebalanceo:

a) Rebalanceo Diario:
Este se realiza todos los días y tiene como objetivo invertir los depósitos de clientes que se realizaron durante el día. Esta inversión habitualmente se realiza en instrumentos gubernamentales de alta liquidez. Este rebalanceo no tiene como objetivo homogenizar la estructura de la cartera de los clientes.

b) Rebalanceo Homogenización:
Este se realiza al menos dos y máximo cuatro veces al mes y tiene como objetivo homogenizar los porcentajes de inversión por instrumento de todos los clientes que participan en una misma estrategia de inversión. Nunca se incluirán en el rebalanceo los valores catalogados como "Valores NO Líquidos o de Baja Liquidez".

c) Rebalanceo Trimestral
En las fechas predeterminadas para la desinversión de las Carteras (habitualmente marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año) se redistribuirán los valores que vendan los clientes que soliciten liquidez o retiro de sus inversiones entre los clientes que permanezcan. Nunca se incluirán en el rebalanceo los valores catalogados como de "Valores NO Líquidos o de Baja Liquidez".

Precios a considerar:

Los precios a considerar en todo momento serán los que rijan en el mercado en el momento del rebalanceo o el precio reportado por el Vector de Precios de Valmer, en el caso de que no haya operaciones el día del rebalanceo.
Consideraciones sobre tipos de valor (líquidos, no líquidos)

Para evitar que "Valores NO Líquidos o de Baja Líquidez" puedan ser adquiridos, por rebalanceo, en clientes que permanecen en carteras ante la desinversión de otros clientes se deberá considerar:

a. Las Carteras en ningún caso podrán adquirir "Valores NO Líquidos o de Baja Liquidez" a una fecha de vencimiento mayor a la fecha estipulada de desinversión en la cartera de que se trate.

b. La Presidencia Ejecutiva en unión con la UAIR elaborarán el catálogo de emisoras, diferente al Mercado de Capitales, a considerarse como "Valores NO Líquidos o de Baja Liquidez".

c. El catálogo de "Valores NO Líquidos o de Baja Liquidez" deberá ser revisado al menos una vez al año o cuando así se considere necesario por la Presidencia Ejecutiva y la UAIR.